20 Ene EDUCACIÓN DETERMINARÁ LAS PLAZAS QUE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y CONCERTADOS DEBERÁN RESERVAR PARA ESCOLARES CON NECESIDADES DE APOYO EDUCATIVO
Las Delegaciones Territoriales de Educación podrán determinar el número de plazas que los Centros públicos dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación y los centros privados concertados tienen la obligación de reservar hasta el final del periodo de preinscripción y matrícula, en cada curso y modelo lingüístico para la escolarización de los alumnos y alumnas con necesidades específicas de apoyo educativo. Las Delegaciones deberán comunicar estas decisiones a cada Centro, antes del inicio del plazo de entrega solicitudes. Los centros tendrán la obligación de respetar ese cupo hasta que concluya el plazo de matrícula.
Una medida que tiene por objeto conseguir una distribución equilibrada entre los Centros públicos y privados concertados de los alumnos y alumnas con necesidades de apoyo, en condiciones que favorezcan su inserción en el sistema educativo. Así se establece en la Orden de 3 de diciembre de 2010 de la Consejería de Educación, Universidades e Investigación que establece el calendario de presentación de solicitudes y plazos de admisión, y se aprueban las instrucciones para la admisión del alumnado para el curso académico 2011-2012, en Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria, en los Centros públicos dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación y en Centros privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La Orden es aplicable a los Centros públicos dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, así como a los Centros privados concertados, en el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. Igualmente, será de aplicación a las aulas de 2 años de centros públicos dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación y de los centros concertados que quieran acogerse a las subvenciones del Departamento de Educación, Universidades e Investigación a centros privados de 1.er ciclo de Educación Infantil.
Deberán realizar solicitud en este proceso de admisión todos los alumnos y alumnas que deseen ser admitidos en un aula de 2 años en cualquiera de los Centros anteriores, así como los que deseen acceder por primera vez a alguno de estos Centros en cualquiera de los cursos de segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria. Asimismo, deberán también realizar la solicitud aquellos alumnos y alumnas que estando escolarizados deseen o deban cambiar de Centro escolar para cursar cualquiera de los niveles o etapas mencionadas.
La continuidad de los estudios en los diferentes niveles y etapas en el mismo Centro se garantizará de forma automática y, por tanto, no requerirá solicitud de admisión, salvo cuando se trate de acceder a un aula de 2 años.
Las personas con necesidades educativas especiales, cuya matriculación y escolarización esté regulada en el artículo 7 del Decreto 1998, de 23 de junio, deberán poner esta circunstancia en conocimiento del Centro al efectuar la solicitud para que conste la necesidad de reserva de plaza y de los apoyos que pudieran precisar.
El Periodo de inscripción en los colegios comienza el día 31 de enero, que este año se puede realizar por Internet, a través de la página del Departamento de Educación del Gobierno Vasco. La campaña de matriculaciones finalizará el 10 de febrero en Internet y el 11 de febrero en los propios centros, que es donde hay que entregar la documentación requerida en cada caso, a pesar de haber efectuado la matricula on-line.
El listado de inscripciones se hará público el 16 de febrero, y el 11 de marzo se publicarán las listas provisionales de admisiones, abriéndose un periodo de reclamaciones hasta el día 17 de marzo.
Las listas definitivas se darán a conocer el 25 de marzo. Las listas de segundas y terceras opciones se difundirán el 1 de abril.
Educación realizará también un seguimiento especial en la matriculación de alumnos con necesidades especiales. Todas estas solicitudes se centralizarán en cada una de las delegaciones territoriales.
Para acceder a las plazas, Educación establece varios criterios de baremación que contemplan, entre otros supuestos, la cercanía al centro, tener hermanos o hermanas matriculadas, o el nivel de ingreso, o la discapacidad. Así, se otorgarán dos puntos si la persona con discapacidad es el propio alumno o alum¬na y un punto si la persona con discapacidad es alguno de sus familiares (padre, madre, tutor o tutora legal, hermanos o hermanas). La puntuación correspondiente a este apartado se otorgará por la existencia de una discapacidad igual o superior al 33% en cualquiera de las personas arriba mencionadas.