
29 Jun La Ley vasca de vivienda recoge el derecho a la accesibilidad y el diseño universal
La norma, que ha entrado en vigor este mes, tiene por objeto la regulación del derecho al disfrute de una vivienda digna y adecuada en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco atendiendo a los criterios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas.
Los principios rectores de la política de vivienda en Euskadi recoge el derecho de las personas con cualquier tipo de discapacidad a poder vivir en una vivienda accesible de la forma más autónoma posible, en igualdad de uso. El diseño deberá ser fácil de usar y adecuado para todas las personas, independientemente de sus capacidades y habilidades, atendiendo, además, a las distintas etapas de su vida y a sus necesidades de residencia.
La vivienda, además deberá ser adecuada en razón a su tamaño, para las características de la persona, familia o unidad de convivencia a que vaya destinada, y reúnir las condiciones objetivas previstas al efecto en la legislación de ordenación de la edificación y normativa técnica aplicable, en lo que se refiere tanto a su funcionalidad como a su habitabilidad y a su seguridad y salubridad.
Todas las intervenciones públicas en esta materia , tanto en la construcción de nuevas viviendas protegidas y alojamientos dotacionales como en actuaciones de rehabilitación o reforma, se orientarán en lo sucesivo hacia la mejora de sus condiciones de habitabilidad, funcionalidad y seguridad, con especial consideración hacia su accesibilidad, uso eficiente de los recursos naturales y sostenibilidad social, financiera y medioambiental, teniendo en cuenta los principios del diseño universal.
Las edificaciones deberán ceñirse a los principios de flexibilidad, diseño intuitivo, facilidad de su percepción, tolerancia a errores, posibilidad de su uso con escaso esfuerzo físico, y con dimensiones apropiadas.
La Ley promueve también la colaboración y coordinación de todos los poderes públicos, incluyendo los órganos dependientes de la Administración general del Estado y el sector público vasco, compuesto por la Administración general de la Comunidad Autónoma, las diputaciones forales, las entidades locales y todos los entes de titularidad pública dependientes de ellas, en la garantía del derecho al disfrute de una vivienda digna, adecuada y accesible.
El texto busca la erradicación de cualquier discriminación en el ejercicio del derecho al disfrute de una vivienda o alojamiento protegidos, con el establecimiento de medidas de acción positiva a favor de los colectivos vulnerables y con la penalización de las conductas discriminatorias.
Además, la vivienda y la utilización del suelo deben incorporar los cambios sociales que impulsan el favorecimiento de las tareas de cuidado (trabajo que se desarrolla fundamentalmente en el ámbito doméstico y su entorno) y el desarrollo de proyectos vitales personales.