
15 Abr La Administración pagará la seguridad social de las personas cuidadoras
Un derecho subjetivo que se recupera, tras su supresión con los recortes de 2012, que obligaba a la persona cuidadora a asumir el coste de la cotización, afectando sobre todo a mujeres, por ser quienes mayoritariamente asumen la atención directa a personas en situación de dependencia.
A partir de la entrada en vigor del «Real Decreto Ley 8/2019 de medidas urgentes de protección social y lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo» será la administración quien de nuevo abonará la cuota de alta a la Seguridad Social de las personas cuidadoras de personas en situación de dependencia, perceptoras de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar (PECEF), permitiendo con ello acumular cotizaciones para generar pensiones contributivas de jubilación en el futuro, así como de incapacidad permanente y muerte y supervivencia, derivadas de accidente, cualquiera que sea su carácter, o de enfermedad, con independencia de su naturaleza.
Con carácter general, para suscribirlo es preciso que la persona cuidadora no se encuentre en situación de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social a tiempo completo, desempleo o sea perceptor de determinadas prestaciones.
Para acogerse a este Convenio hay que solicitarlo en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma en el modelo correspondiente (TA_0040) o Solicitud de Alta en Convenio Especial de Cuidadores no profesionales produciéndose el alta con efecto 1 de abril del 2019 si se solicita en el plazo de 90 días.
Asimismo se podrá presenta a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, utilizando el servicio de «Alta en Convenio Especial» ubicado en la siguiente ruta: Ciudadanos/Afiliación e Inscripción, que permite realizar la solicitud por Registro Electrónico.
Junto con la solicitud se presentará:
Resolución de la prestación económica de la dependencia.
Resolución del Plan Individual de Atención ( PIA),donde suele figurar el nombre de la persona cuidadora, de no figurar este dato solicitar un certificado en Diputación ( C/ Lersundi,14 en Bilbao).
DNI de la persona cuidadora.
DNI de la persona dependiente.
Recuperar este apoyo público era una exigencia moral, política y jurídica por lo que supone una buena noticia.
Para cualquier aclaración o duda al respecto: Elena García Barrientos, Trabajadora Social, en el teléfono 94 405 36 66, o en el correo electrónico trabajosocial@fekoor.com