
09 Abr Fekoor avala INSTALAR el ascensor proyectado en el Kalero (Basauri) y recomienda un elevador en Elizondo Elizateko Plaza de Zaldibar
Fekoor (Federación Coordinadora de Personas con Discapacidad Física y/u Orgánica de Bizkaia) ha escrito sendas cartas a los Ayuntamientos de Basauri y Zaldibar en las que expone sus recomendaciones para la instalación de ascensores exteriores en los barrios de El Kalero y Elizondo Elizateko Plaza a fin de mejorar la accesibilidad universal en ambas zonas.
Tanto Basauri como Zaldibar habían realizado una consulta a Fekoor sobre la mejor solución arquitectónica para sus barrios.
En su respuesta, el asesor jurídico del colectivo de discapacidad, Guillermo Treku, precisa que la instalación de elevadores es la solución “óptima”, ya que, al ser Euskadi una de las poblaciones más envejecidas de Europa, “en pocos años el 40% tendrá problemas de movilidad”.
Desde ese punto de vista, avala el proyecto municipal del ascensor del barrio El Kalero de Basauri y plantea que la afectación al patio propiedad de cuatro portales de la zona se resuelva por parte de sus comunidades por mayoría simple de votos y de cuotas “al tratarse de un asunto relacionado con la accesibilidad y en concreto con la eliminación de barreras urbanisticas”.
Además, pide que se dé “prioridad” a esta actuación dado que beneficiará al millar de personas que residen en las cerca de 400 viviendas de la zona y les permitirá salvar “un importante desnivel insalvable para quienes tienen movilidad reducida”.
Zaldibar
En cuanto al elevador de Zaldibar, rechaza la actual ubicación propuesta en la Casa de Cultura Sanjoangoa, porque, para acceder a ese punto, se deben superar 6,13 metros de altura, recorrer el interior del edificio y descender hasta el nivel de la calle interior, lo que generará “un punto negro de seguridad innecesario”.
Por ello, propone la alternativa de instalarlo en Elizondo Elizateko Plaza, donde se supera una barrera urbanística de 10,7 metros sin afectar a propiedades privadas dado que “se respetan con creces las distancias de luces y vistas previstas en el Código Civil”.