Campaña de la Renta 2025 en Bizkaia: novedades y deducciones fiscales

Desde Fekoor queremos informar sobre las novedades de la Campaña de la Renta 2025 y sobre distintas deducciones fiscales relacionadas con la discapacidad y/o dependencia. La campaña comenzará el 15 de abril y finalizará el 30 de junio.

Novedades de este año fiscal

La información de campaña recoge varias novedades relevantes:

  • Las personas que obtengan rendimientos brutos de trabajo inferiores a 20.000 € no estarán obligadas a tributar.
  • Se redefine el concepto de “jóvenes” a efectos del IRPF, elevando a 35 años la edad que se considera merecedora de un tratamiento fiscal favorable.
  • Se añaden a las rentas exentas las ayudas a las personas afectadas por la talidomida en el periodo 1950-1985.

Cómo acreditar la condición de persona con discapacidad o dependencia

Para poder beneficiarse de determinadas deducciones, es necesario acreditar la situación correspondiente:

  • Personas con discapacidad: certificado de discapacidad emitido por la Diputación Foral o documentación que acredite la percepción de prestaciones por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
  • Personas en situación de dependencia: certificación del órgano competente de la Diputación.

Deducciones familiares y personales

1. Deducción por descendiente

  • 668 € por el primer descendiente
  • 827 € por el segundo
  • 1.393 € por el tercero
  • 1.647 € por el cuarto
  • 2.151 € por el quinto y sucesivos
  • Complemento de 386 € por cada descendiente menor de 6 años.

2. Deducción por abono de anualidades por alimentos

Si se abonan anualidades por alimentos a hijos o hijas por decisión judicial, se puede deducir el 15% de las cantidades abonadas, con un límite del 30% de la deducción por descendiente.

3. Deducción por discapacidad o dependencia

Para personas contribuyentes con discapacidad o con familiares con discapacidad que convivan con ellas.

Importes según grado de discapacidad o dependencia:

  • Entre 33% y 65%: 888 €
  • Igual o superior al 65% o dependencia moderada: 1.268 €
  • Dependencia severa: 1.521 €
  • Gran dependencia: 1.897 €.

4. Deducción por edad

  • Mayores de 65 años: 375 €
  • Mayores de 75 años: 682 €
  • La base imponible debe ser igual o inferior a 20.000 €.

5. Deducción por aportaciones al patrimonio protegido de una persona con discapacidad

Se podrá deducir el 30% de las aportaciones, con un límite de 3.000 € anuales.

Es aplicable a familiares hasta tercer grado, parejas de hecho y personas con tutela o acogimiento.

Otras deducciones destacadas

Deducción por cuidado de menores y personas con grado de discapacidad o dependencia

Se podrá deducir 250 € por la contratación de forma indefinida de personas trabajadoras afiliadas en el Sistema Especial para Empleadas de Hogar en los supuestos recogidos en la información de campaña.

El importe será de 500 € cuando la persona cuidadora tenga la consideración de profesional del cuidado de personas con discapacidad con grado igual o superior al 65% o con situación de dependencia en cualquiera de sus grados, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Deducción por alquiler de vivienda habitual

Las personas contribuyentes que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 65% o un grado de dependencia podrán aplicar una deducción del 35% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo, con un límite de 2.800 € anuales.

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